viernes, 7 de enero de 2022

TIEMPO DE VACACIONES Y ASUNTOS PROPIOS POR ANTIGÜEDAD

En lo tocante a Vacaciones y Asuntos propios, nos ahorraremos citar el convenio, artículo  y bla bla bla, quien lo quiera saber que lo busque, el caso es que a octubre de 2023 en Castilla y León para el personal laboral de la administración  está en vigor lo siguiente:

                                            VACACIONES

  • 22 días hábiles por año natural, o la parte proporcional si se trabajó menos de 12 meses.
  • 1 día hábil mas al cumplir 15 años de antigüedad
  • 1 día hábil mas al cumplir 20 años de antigüedad
  • 1 día hábil mas al cumplir 25 años de antigüedad
  • 1 día hábil mas al cumplir 30 años de antigüedad
  en conclusión con:
  • 15 años de antigüedad  23 días hábiles
  • 20 años de antigüedad  24 días hábiles
  • 25 años de antigüedad  25 días hábiles
  • 30 años de antigüedad  26 días hábiles   y hasta ahí  en lo tocante a vacaciones.
 CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LAS VACACIONES
    a)   Aunque el convenio dice que podrán disfrutarse  a elección del trabajador,  aclara,  (siempre y cuando las necesidades del servicio lo permitan,)
     b) Podran disfrutarse de manera ininterrumpida o periodos fraccionados,
     c) En el caso de  períodos fraccionados los 22 días podrán distribuirse libremente por el interesado,(siempre y cuando las necesidades del servicio lo permitan,) en un máximo de 4 periodos, si bien cada período tendrá una duración mínima de 7 días naturales consecutivos.
      d) En caso de incapacidad temporal, las vacaciones se disfrutan al término de la misma.
todos son extractos sacados del convenio a mi manera, meramente orientativos. 

ASUNTOS PARTICULARES


  • 6 días hábiles al año o la parte proporcional si se trabajó menos de 12 meses
  • 1 día hábil mas por cada festivo que  coincida en sábado.
  • 2 días hábiles adicionales al cumplir el 6º trienio.
  • 1 día hábil adicional por cada trienio a partir del 8º. ni en el convenio ni en el estatuto básico limitan el incremento de días por trienio, por lo tanto;
  • 1 día hábil al cumplir el 9º trienio
  • 1 día hábil al cumplir el 10 trienio y sumando 1 día por trienio hasta la jubilación.
Por lo tanto un año normal sin ningún festivo en sábado y con 11 trienios se tendría derecho a 12 días de asuntos propios en cómputo anual, un fijo-discontinuo de 6 meses le corresponderían  6 días, y a uno de 9 meses le corresponderían 9 días.

IMPORTANTE, a la hora de determinar los días de vacaciones y permiso, hay que diferenciar entre días hábiles y días naturales, no se consideran hábiles los sábados salvo para horarios especiales.

 

No hay comentarios: